Para garantizar las condiciones de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación y para que todos los estudiantes, con independencia de su lugar de residencia disfruten de las mismas oportunidades, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda al Estado, con cargo a sus presupuestos generales, el establecimiento de un sistema general de becas y ayudas al estudio.Por otro lado, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación estableció en su artÃculo 12.1 que los Centros españoles en el exterior tendrán un régimen singularizado a fin de acomodarlos a las exigencias del medio y a lo que, en su caso, dispongan los convenios internacionales. En desarrollo del citado precepto se aprobó el Real Decreto 1027/1993, de 26 de junio, por el que se regula la acción educativa española en el exterior, que en su artÃculo 19 prevé la posibilidad de establecer o autorizar un régimen especÃfico de ayudas para los alumnos españoles y extranjeros que cursen estudios en centros españoles en el exterior.Considerando la extensión del ámbito de cobertura de las convocatorias general de becas y ayudas al estudio, parece oportuno establecer un nuevo tipo de ayudas de carácter especial, destinadas a aquellos alumnos españoles y extranjeros que se encuentren cursando estudios de niveles no universitarios en los distintos programas que integran la acción educativa en el exterior y que acrediten mejor rendimiento académico.El objetivo de estas ayudas es doble: por una parte, estimular el aprovechamiento académico, la creatividad y la ampliación de conocimientos de los alumnos, tanto españoles como extranjeros, que cursan estudios en los programas de acción educativa española en el exterior y, por otra, promocionar la lengua y la cultura españolas asà como la difusión y potenciación de las enseñanzas regladas del sistema educativo español, en el marco de dichos programas. Convocante:Ministerio de Educación y Ciencia. Registro General Plazo:Hasta el 25 de septiembre de 2007 inclusive. |